En la actualidad, se pueden reclamar los siguientes gastos de la hipoteca (correspondientes al PRÉSTAMO Hipotecario, no a la Compraventa):
- Comisión de APERTURA
- Factura de la NOTARÍA (50%)
- Factura del REGISTRO de la PROPIEDAD (100%)
- Factura de GESTORÍA (100%)
- Gastos de TASACIÓN de la vivienda (100%)
Estas facturas suelen venir grapadas al principio o al final de la Escritura original.
¿Puedo reclamar si la hipoteca está ya cancelada?
Sí, es una reclamación que, hasta el momento, los Tribunales (concretamente la Audiencia Provincial de Asturias) han declarado imprescriptible. Tanto si tu hipoteca está activa, como si has vendido tu casa, ya has cancelado la hipoteca, o si has realizado novaciones sobre el préstamo inicial, puedes reclamar los gastos.
#RecuperaLoQueEsTuyo